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Béjar continúa bajo las medidas ‘excepcionalísimas’ decretadas por la Junta de Castilla y León

La Junta ha aprobado hoy en Consejo de Gobierno extraordinario y telemático los veinticinco municipios castellanos y leoneses en los que se aplicarán las medidas excepcionalísimas que refuerzan el nivel 4 de alerta por la pandemia (ver anexo adjunto con el listado actual), relación que será revisada y actualizada cada siete días.

Esta actualización supone que 38 municipios en los que se estaban aplicando este régimen reforzado abandonan esta situación, mientras que diez nuevos se incorporan a la misma, de acuerdo con los criterios establecidos por la autoridad sanitaria autonómica.

Municipios con medidas sanitarias excepcionales

Dichos indicadores epidemiológicos valoran una incidencia acumulada en los últimos siete días igual o superior a 1.500 casos por cada 100.000 habitantes, número de casos igual o mayor a diez en los últimos catorce días y la relación entre incidencia acumulada a 7-14 días igual o mayor a 0,45, con la finalidad de contener la transmisión comunitaria de la pandemia y reducir la presión asistencial sanitaria.

El Acuerdo que recoge la nueva relación municipal será publicado mañana en el Boletín Oficial de Comunidad, con vigencia desde las seis de la tarde de ese mismo domingo, 7 de febrero.

La entrada en vigor de este régimen preventivo extraordinario supone que, en los términos municipales afectados, además de las medidas sanitarias preventivas ordinarias recogidas por el Acuerdo 76/2020 y aquellas otras excepcionales prorrogadas a través del Acuerdo 8/2021 de la Junta de Castilla y León, habrá que cumplir con las nuevas restricciones establecidas para la contención de la pandemia.

Estas medidas ahora implementadas tienen como finalidad contener la transmisión comunitaria de la infección por el nuevo coronavirus SARS-CoV-2 y reducir la presión asistencial sobre los centros sanitarios de referencia de estas poblaciones, para lo que se concretan, por un lado, en un aumento de las actividades y establecimientos cuyas apertura se suspende y, por otro, en el establecimiento de una horario máximo de cierre, a las seis de la tarde, para los establecimientos, servicios y actividades cuya actividad no se suspende, con las excepciones descritas de aquellos que, por su carácter esencial, han de mantener sus horarios de apertura.

En cuanto a las decisiones excepcionales referidas a la suspensión de apertura al público o de la actividad que estarán vigentes en los municipios enumerados, son las siguientes:

Horario máximo de apertura hasta las 18.00 horas

Por otra parte, en lo referido a la limitación de horarios, el régimen extraordinario adoptado implementa que el horario máximo de apertura queda fijado, en los diferentes ámbitos territoriales de la Comunidad y para todos los establecimientos, actividades y servicios regulados en el Acuerdo 76/2020, hasta las seis de la tarde.

Asimismo, se recogen las siguientes excepcionalidades a esta hora de cierre:

De forma complementaria a estas obligaciones, la Autoridad sanitaria autonómica recuerda a los ciudadanos de estos municipios que deberán colaborar activamente en el cumplimiento de todas las medidas, y les recomienda que, en la medida de lo posible, se auto confinen, limitando al máximo la salida de sus domicilios a actividades necesarias e imprescindibles.

La Consejería de Sanidad evaluará de forma continua la situación sanitaria en los municipios afectados por esta situación, con el fin de garantizar la adecuación de las medidas ahora prorrogadas a la evolución de los indicadores epidemiológicos, asistenciales, sociales, económicos y de movilidad, pudiendo ser aquellas mantenidas, modificadas o levantadas en función de su evolución.

Prórroga de las medidas agravadas vigentes en toda la Comunidad

Por otro lado, la Junta de Castilla y León se reunirá en Consejo de Gobierno el próximo lunes, 8 de febrero, con el fin de prorrogar, a la vista de los indicadores epidemiológicos, asistenciales, sociales, económicos y de movilidad recogidos en el conjunto de la Comunidad durante los últimos días, las medidas extraordinarias vigentes para la contención de la COVID-19 en toda Castilla y León, actuaciones que refuerzan el actual nivel 4 de alarma sanitaria.

Este régimen, aprobado mediante el Acuerdo 4/2021, fue prorrogado el pasado 25 de enero por un plazo de catorce días, situación que finaliza a las 23.59 horas del próximo martes, 9 de febrero (https://comunicacion.jcyl.es/web/jcyl/Comunicacion/es/Plantilla100Detalle/1284721258367/NotaPrensa/1285020568827/Comunicacion).

La actual evolución de los indicadores pandémicos el territorio castellano y leonés mantiene a la Comunidad en situación de riesgo extremo, con transmisión comunitaria no controlada y sostenida de la infección por SARS-CoV-2 que excede las capacidades del sistema sanitario, lo que hace necesaria la prórroga de la vigencia de esas medidas extraordinaria en todas y cada una de las provincias de Castilla y León y en el conjunto castellano y leonés.

La prórroga que se aprobará este próximo lunes entrará en vigor a las 00.00 horas del miércoles, 10 de febrero, por un plazo inicialmente previsto de catorce días; es decir, hasta las 23.59 horas del 23 de febrero.

Además de todas estas medidas, tanto las de carácter general para toda la Comunidad como las centradas en ámbitos municipales, hay que sumar la continuidad, además de la plena vigencia de los Acuerdos 76/2020 y 8/2021, de las limitaciones a un máximo de cuatro personas de la permanencia en lugares tanto de uso público como privado y del aforo de los lugares de culto a un tercio de su capacidad, con un máximo de veinticinco asistentes.

Por otro lado, la Administración autonómica mantiene, en el marco temporal establecido por el Real Decreto 926/2020, la limitación indefinida de la entrada y la salida de personas del conjunto del territorial castellano y leonés y entre todas y cada una de sus provincias -con las excepciones indicadas en los correspondientes Acuerdos de la Presidencia de la Junta y el toque de queda entre las ocho de la tarde y las seis de la mañana-.

Los ciudadanos tienen la obligación de cumplir con las medidas sanitarias preventivas establecidas para la contención de la pandemia, pudiendo, en todo caso, ser sancionados los incumplimientos, de conformidad con el Decreto-Ley 7/2020, por el que se establece el régimen sancionador específico por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención sanitarias para afrontar la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad de Castilla y León.

El seguimiento y control de las intervenciones que supone el nivel 4 de alerta sanitaria por la COVID-19 en la Comunidad se desarrolla en el marco del Plan Territorial de Protección Civil de Castilla y León (PLANCAL), correspondiéndoles a las autoridades estatales, autonómicas y locales competentes, según el régimen de distribución competencial previsto, la vigilancia, inspección y control de su cumplimiento.

Además, la Junta de Castilla y León recaba la cooperación y colaboración de la Delegación del Gobierno, de las subdelegaciones y de los ayuntamientos castellanos y leoneses para el control y aplicación de las medidas adoptadas a través de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado y de las policías locales.2021-02-06+Anexo+veinticinco+municipios+CyL

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