- Se trata de un contencioso heredado del anterior equipo de Gobierno (PP)
Según ha dado a conocer el partido CxByC (que no se presentó a las pasadas elecciones), «el Juzgado Contencioso/Administrativo nº 1 de Salamanca sentenció, con fecha del viernes pasado, 28 de junio de 2019, que la resolución del Ayuntamiento de Béjar por la que autoliquidaba el contrato suscrito con Gecobesa en 2015 no es conforme a derecho y, por lo tanto, procede a liquidarlo de forma contradictoria. Es decir, tras la valoración de los bienes, el Ayuntamiento abonará al contratista (Gecobesa) el precio de las obras e instalaciones que, ejecutadas por éste, han pasado a propiedad del Ayuntamiento, teniendo en cuenta su estado y el tiempo que restare para la reversión; si no hay acuerdo entre las partes acerca del precio, se llevará a cabo una peritación judicial».
De esta manera, «el Ayuntamiento de Béjar, unilateralmente, pretendió quedarse con todos esos bienes, declarando en la resolución que ha sido anulada por no ser conforme a derecho, la reversión gratuita de la totalidad de construcciones del Centro Turístico “Sierra de Béjar”, en tanto que bienes de dominio público; no reconocer importe alguno a favor de la concesionaria por el coste de las obras e instalaciones llevadas a cabo en el Centro Turístico “Sierra de Béjar” y fijar como saldo final de la liquidación a favor de este Ayuntamiento la cantidad de 453.000 euros. El juez remarca en su sentencia que, al no haberse realizado una liquidación de forma contradictoria en la vía administrativa, se produciría indefensión de las tres partes recurrentes; en este caso: Gecobesa, a través de su Administrador Concursal, la entidad Banco de Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria y Francisco Montero Moral».
«El Ayuntamiento de Béjar tendrá que pagar lo que resulte de la valoración de los peritos, ya que no es previsible que haya acuerdo en el precio, más los intereses acumulados durante cuatro años. Si cuando Gecobesa entró en liquidación se hubiera actuado de acuerdo a la legalidad vigente, eso es lo que se tendría que haber hecho entonces. Se podría haber llegado a un acuerdo para solventar la cuestión de la manera más conveniente para todos. Pero no, Alejo Riñones, con sus maravillosos abogados que también (y tan bien) pagamos los contribuyentes, apostó por defender lo indefendible y ha perdido con estrépito», aseguran.
En el comunicado, añaden que «el problema es que no sólo ha perdido él. Sobre todo perdemos los bejaranos y bejaranas. Durante casi cinco años el pleito ha condicionado la explotación de la estación de esquí, ocasionándola un palpable deterioro e impidiendo su necesario desarrollo; el precio a pagar por el Ayuntamiento será mayor por los intereses; la empresa liquidada y sus trabajadores, que no recibieron hace cinco años lo que les hubiera podido corresponder, difícilmente lo podrán cobrar ahora, entre otras cosas porque el sueldo del Administrador Concursal durante todo este tiempo, unos 60 meses, ha mermado en gran parte la masa concursal; los acreedores cobrarán, lo que cobren, con enorme retraso, y el Ayuntamiento de Béjar se encuentra de repente con un problema que, por no haberse resuelto bien en su día, tendrá que intentar resolver ahora como pueda».
«Ha quedado al descubierto una de las trampas de Alejo. Disponer a su antojo de la estación de esquí, sus pistas, sus edificios y sus instalaciones, a coste cero durante cuatro años. Si a eso le añadimos que todos los ingresos se facturaban en negro, porque no se aplicaba el IVA (hasta que, hace un año, la Agencia Tributaria le obligó a hacerlo); que se utilizaba personal y medios de otros departamentos municipales, tanto en tareas de mantenimiento como, incluso, la propia explotación de las instalaciones; o que, como se comenta en los foros, se han llegado a desviar partidas destinadas a una escuela taller para pagar el alquiler de los vehículos que transportaban a la personal hasta La Covatilla; se puede empezar a comprender el milagro económico de un gestor que siempre obtiene beneficios, aunque cada vez abriera menos días y, en los días que abría, tenía, también cada vez, menos esquiadores», agregan.
Para CxByC, «a pesar de todas esas trampas, los resultados han sido nefastos. La estación está hecha una pena y necesita urgentemente una completa readecuación. El papel relevante que jugó, en su día, dentro del sector español del esquí, se ha convertido en un rol de comparsa ignorado. Los antiguos clientes se han perdido en gran parte (que se lo pregunten a los hosteleros) y la propia apertura de la estación dentro de cinco meses, como su futuro a medio y largo plazo, está en entredicho».
«Ese es el legado de Alejo y de todos los que le han acompañado en su viaje como “director” de La Covatilla, especialmente los nombrados sin concurso público que han ejercido cargos de responsabilidad en la estación a lo largo de estos cuatro años. También los que, desde su puesto, pagado por todos nosotros, en la función pública, deben velar por la regularidad y legalidad de todos los actos ejercidos por el Ayuntamiento. Esto quiere decir que Alejo puede tener que asumir responsabilidades por este asunto, pero no es el único responsable. Es más, será curioso comprobar a quien le echará la culpa cuando le pregunten por la sentencia», explican.
La sentencia podría traer como consecuencia «la posible reclamación que presente la empresa y sus trabajadores, ya que se vio abocada al Concurso de Acreedores por la reclamación ejecutiva de 618.000 euros en concepto de canon por parte del Ayuntamiento, sabiendo que había sido anulada hace tiempo, como se recordará, por una sentencia que ya es firme. Podrían reclamar todo lo que perdieron, y lo que hubieran podido ganar, si la sociedad no se hubiera liquidado por una exigencia ilegal. Si sumamos, multiplicamos por los años que puede durar todavía el pleito, y añadimos intereses (cada día que pasa más de 600 euros), obtendremos una suma con muchas cifras».
En definitiva, el partido localista concluye: «Esto es con lo que se encuentra el nuevo gobierno municipal: Una estación de esquí hecha unos zorros y sin presupuesto para adecuarla; inexistencia, además de fondos para hacerlo, de planificación técnica para su puesta punto ni plan de actuación alguno para que dentro de cinco meses pueda ponerse en servicio en condiciones; Inexistencia de plan de comercialización, promoción y márketing, y una sentencia que obliga al ayuntamiento a indemnizar, con intereses, al anterior concesionario , ante la que, dada la rotundidad de sus fundamentos, el recurso es poco aconsejable, ya que la broma saldría mucho más cara. Y para terminar las consecuencias que podrían acarrear futuras reclamaciones de los afectados (empresa, trabajadores, acreedores y avalantes) por el perjuicio económico causado y el lucro cesante ocasionado».