- Algunas decisiones «han causado un perjuicio patrimonial que no tienen que pagar los bejaranos»
CxByC, brazo político de Gecobesa e íntimamente vinculado a la Asociación Habeas Corpus, ha registrado un escrito indicando la posible derivación de responsabilidad patrimonial personal al alcalde de Béjar.
La formación política ha registrado ese escrito debido a «los daños al patrimonio municipal motivados por actos y omisiones que han causado cuantiosas pérdidas al Ayuntamiento de Béjar, derivadas, según diversas sentencias de condena al Ayuntamiento, por irregularidades e incompetencia en su actuación administrativa, pudiendo entenderse que ha podido haber una posible malversación de dinero público».
«La posibilidad legal de la Derivación de Responsabilidad Patrimonial viene recogida, entre otras, en la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en tanto, que no sólo la Secretaria, sino también el Alcalde y los Concejales, tienen la condición de funcionarios, según a qué efectos. La Ley 7/1985, establece que los miembros de las Corporaciones locales, están sujetos a responsabilidad civil y penal, por los actos y omisiones realizados en el ejercicio de su cargo», aseguran.
Y seguidamente relacionan «algunas de las actuaciones acerca de las cuales consideramos que ese Pleno Municipal debe estudiar y si resultara tal responsabilidad, exigir el pago del daño al Patrimonio Municipal»:
- Por Sentencia 3/19 del Juzgado de lo Contencioso/Administrativo nº 1 de Salamanca, se condena al Ayuntamiento al pago de 126.230,20.- €, como indemnización, por los daños causados y recogidos en la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, por tramitación irregular.
- Se condena al Ayuntamiento, pago de costas, en la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de fecha 27 de marzo y Sentencia del Juzgado nº 1 de lo Contencioso de Salamanca de 13 de septiembre de 2013, notificada el 25 de septiembre. Costas que le fueron pagadas al abogado del Ayuntamiento, D. Rafael Muñoz Cascón.
- Condena al Ayuntamiento pagar las costas en el procedimiento 68/2015 del Juzgado de Piedrahita, así como a pagar 17.771,39.- €, con la advertencia de embargo de las cuentas del Ayuntamiento.
- Los gastos pagados, por el Ayuntamiento en la demolición del edificio, del Abogado del Alcalde en la calle del Pino, que debiendo exigir el cumplimiento de la declaración ruina, que obligaba a los propietarios, no sólo se lo perdona, sino que gasta cerca de 9.000.- € (del Ayuntamiento) en su beneficio, impidiendo además el cerramiento de la línea de retranqueo.
- El coste de todos los procesos, en que por falta de razón y cerrazón del Alcalde y Secretaria, el Ayuntamiento ha tenido que pagar las costas, con cargo al erario público.
- Los gastos que ha soportado el Ayuntamiento, para el pago de abogados del Alcalde, en asunto personal, no municipal, por supuesta prevaricación, con archivo provisional, del que se va a pedir, su reactivación, y la de injurias y calumnias, como Presidente del P.P. que fue un acto personalísimo como miembro del P.P. y no como acto administrativo municipal.
- El importe que tendrá que pagar el Ayuntamiento por las multas e intereses, por no pagar el I.V.A de La Covatilla.
- Además de otras sentencias, como la que recientemente desestimó el segundo recurso del Ayuntamiento de Béjar contra la resolución del Consejo Superior de Deportes para el reintegro de una subvención de 300.000 euros.
A juicio de CxByC, «todas estas actuaciones han causado un perjuicio patrimonial, que no tienen que pagar los vecinos de Béjar, y que su condena al pago, deja claramente que el Ayuntamiento, no sólo no tenía razón, sino que se ha actuado contrariamente al Derecho».
«Con este escrito, que se dirige al Pleno del Ayuntamiento y, por lo tanto, a todos los partidos políticos con representación en el consistorio, CxByC quiere poner de manifiesto la manera en que nuestro alcalde gestiona los fondos públicos, utilizando el dinero de nuestros impuestos según le conviene o le interesa, por encima de la Ley y los procedimientos administrativos, por lo que consideramos necesario que se investiguen las posibles responsabilidades penales que se deriven de ello», concluyen.